En cabina está autorizado llevar un solo equipaje, respetando las siguientes normas: la suma de las 3 dimensiones no debe ser mayor a 115cm (55 x 20 x 40). También se pueden llevar en la mano 1 cochecito de bebe, 1 bastón, un par de muletas y un paraguas sin punta. Con el objetivo de proteger frente a la amenaza de los explosivos líquidos, la Unión Europea (UE) ha adoptado nuevas medidas de seguridad que restringen la cantidad de líquidos o sustancias de consistencia similar que los pasajeros pueden llevar consigo cuando pasan los controles de seguridad de los aeropuertos comunitarios. Estas medidas son aplicables a todos los pasajeros que salgan de los aeropuertos de la UE, independientemente de su destino. Sólo le está permitido llevar en el equipaje de mano pequeñas cantidades de líquidos. Estos líquidos tienen que ir en pequeños contenedores con una capacidad individual máxima de 100 ml. Cada pasajero tiene que empaquetar estos contenedores en una bolsa transparente de plástico con autocierre de no más de un litro de capacidad máxima (bolsa de aproximadamente 20 x 20 cm.), para facilitar la inspección de estos productos en los controles de seguridad. Los pasajeros deberán proveerse de dichas bolsas antes del inicio de su viaje.
A efectos de las nuevas medidas, se consideran líquidos:
Agua y otras bebidas, sopas, jarabes. Cremas, lociones y aceites, incluida la pasta de dientes. Perfumes. Gel como, por ejemplo, gel de ducha o champú. Contenidos de contenedores presurizados, incluido espuma de afeitar, otras espumas y desodorantes. Aerosoles. Cualquier otro de consistencia similar. Puedes llevar en tu equipaje de mano las medicinas y comida para bebés, que vayas a usar durante el viaje en avión, presentándolos separadamente en los controles de seguridad. Por favor, coopera con el personal de seguridad de los aeropuertos y las compañías aéreas. Ellos trabajan por su seguridad cumpliendo con las normas establecidas.
Siempre que se detecte algún problema con el equipaje, tienes que acudir, de forma inmediata, al mostrador o al representante de la compañía aérea con la que se ha volado. Allí hay que rellenar el llamado PIR (parte de irregularidad del equipaje), en el que se harán constar las circunstancias acontecidas (desaparición del equipaje, deterioro del mismo, etc.) El PIR se debe rellenar de forma inmediata a la contingencia ocurrida. No obstante, existen unos plazos para formular en firme la correspondiente reclamación a la aerolínea cuando se haya extraviado el equipaje:
-Vuelos nacionales: La reclamación debe de efectuarse en el plazo de 10 días. La acción para exigir el pago de indemnizaciones prescribe a los seis meses.
-Vuelos internacionales: La reclamación debe de efectuarse en el plazo de 7 días, salvo que se haya producido un retraso en la entrega del equipaje, en cuyo caso el plazo se alarga hasta los 21 días.
B travel no se responsabilizará, en ningún caso, de la perdida o deterioro que la compañía aérea pueda ocasionar a sus pertenencias. Puedes consultar más información sobre la responsabilidad de las aerolíneas en relación con los pasajeros y su equipaje aquí..